Condenado a dos años y medio de cárcel el dueño de un local de jazz de Granada por el ruido
El tribunal, que lo considera autor de un delito contra el medio ambiente, lo inhabilita además para el ejercicio de actividades relacionadas con pub y espectáculos lúdico-musicales, al pago de una multa de 4.560 euros e indemnizaciones de un total de 27.000 euros a los perjudicados por los ruidos. Asimismo, se ordena la clausura definitiva de El Secadero, que durante catorce años ha programado conciertos en vivo de jazz, cantautores o música clásica durante los fines de semana, servido de local de ensayo a las bandas granadinas y para la orgaización de talleres para mayores y niños.
En el fallo de la Sección Segunda, al que ha tenido acceso Europa Press, los magistrados consideran probado que José Luis Sánchez Rodríguez abrió El Secadero, en el término municipal de Alhendín, en un antiguo edificio con patio que había sido secadero de tabaco como pub de música y con la intención de realizar actuaciones en directo.
Una vez instalado el negocio, la explotación y gestión la llevó a cabo Sánchez Rodríguez desde 1994 hasta 2008, primero en nombre de una comunidad de bienes de la que formaba parte y después, desde que en 1997 se inscribiera en el Registro de Asociaciones, en nombre de 'Secadero Club de Jazz y Otras Músicas', entidad que presidía. Desde el inicio de la actividad en 1994, los grupos musicales han ofrecido actuaciones en vivo en El Secadero, que abría todos los días salvo en invierno, cuando cerraba solo los lunes.
Las actuaciones en verano tenían lugar al aire libre, en el patio, mientras que en invierno se desarrollaban en el interior del establecimiento. Los espectáculos comenzaban desde la medianoche y se prolongaban todos los fines de semana "hasta altas horas de la madrugada", a lo que se suma que muchos de los grupos que actuaban los fines de semana ensayaban durante la semana. Cuando no tenía actuaciones en vivo, consta en la sentencia, el pub tenía en funcionamiento los equipos de música, con altavoces en el patio y en el interior que carecían de "limitador de sonido", según el tribunal, que además señala que el local carecía también "de cualquier tipo de insonorización".
Por ello, tanto los conciertos como los equipos musicales del establecimiento generaban un "alto ruido", que rebasaba el máximo permitido por la normativa aplicable y que producía, en consecuencia, "una contaminación acústica constante, que se repetía noche tras noche y generaba una posibilidad de grave perjuicio para la salud de los vecinos que viven en las proximidades", concretamente en viviendas que se sitúan la urbanización 'Los Álamos', algunas a poco más de un metro, otras a unos cinco y el resto en un radio de entre 20 y 50 metros.
Insomnio y cambios de hábitos
A consecuencia de la exposición continuada a los "elevados" ruidos generados por El Secadero, los vecinos, sostiene la Sección Segunda, padecieron problemas de insomnio, irritabilidad y afectación en el rendimiento de su trabajo, y se vieron obligados a cambiar sus hábitos de sueño o la disposición de los dormitorios en sus casas. Algunos se vieron especialmente afectados, y se tuvieron que someter a tratamiento médico, tomar antidepresivos o ansiolíticos al tener diagnosticados síndromes ansioso-depresivos. Por ello, decidieron presentar "numerosos" escritos de queja y denuncia ante las instituciones desde 1994 en adelante.
Por otra parte se señala en la sentencia que el Ayuntamiento de Alhendín nunca había autorizado la actividad que desarrollaba El Secadero, cuyo propietario pidió licencia para una "terraza de verano con música ambiente y cocina", asegurando que sólo iba a disponer de música "para amenizar el interior" y "evitando posibles molestias a los vecinos".
El técnico municipal informó desfavorablemente la licencia de actividad "ante la falta de concreción de medidas de aislamiento acústico". No obstante, la falta de resolución expresa en plazo del expediente llevó a que, a pesar de que el Ayuntamiento había decretado la clausura del local por clandestinidad, esa orden fuera declarada nula, al considerar los tribunales que existía licencia "por silencio administrativo". En cualquier caso, el acusado sólo tenía autorización "para la ficticia terraza con música ambiental", y esa nulidad no le permitía el incumplimiento de los límites legales de ruido, sostiene el tribunal.
Tras varias inspecciones, el 13 de junio de 2008, agentes del Seprona de la Guardia Civil y de técnicos de la Consejería de Medio Ambiente, tras comprobar que seguía sin existir en el local ninguna medida de insonorización, hicieron una medición de los niveles de ruido, que alcanzaron los 52,6 decibelios, cuando el límite se sitúa en 43,9. Por ello, el Juzgado de Instrucción 2 de Santa Fe acordó el 19 de junio de 2008 la clausura del Secadero, que permanece desde entonces cerrado.
Por ello, los magistrados entienden que el perjuicio a los vecinos fue de una gravedad suficiente" para considerar los hechos probados como un delito y no como una "mera infracción administrativa". De hecho, aluden los jueces al Tribunal de Derechos Humanos y a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que ponen de manifiesto las "graves consecuencias que la exposición elevada de ruidos tienen sobre la salud de las personas".